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REGLAMENTO PARA EL INGRESO Y LA CIRCULACIÓN CON MASCOTAS EN LAS INSTALACIONES DEL CENTRO COMERCIAL PORTOALEGRE

 

Está permitido el ingreso y la circulación con mascotas al interior del Centro Comercial Portoalegre siempre y cuando se trate de animales domésticos y pertenezcan a las subespecies de perros o gatos.

Con el fin de llevar a cabo con éxito la visita con mascota y sea el escenario perfecto para el entretenimiento y la diversión en familia, al ingresar con su mascota a nuestras instalaciones sus propietarios asumen los riesgos y responsabilidades que puedan sobrevenir. Por tanto, se debe acatar y cumplir el siguiente reglamento:

 

  1. Las mascotas que ingresen al Centro Comercial necesariamente, y sin excepción, deben estar acompañadas y a cargo, todo el tiempo, por un adulto responsable, así asista en compañía de un menor. Ningún niño, o menor de edad, por ninguna circunstancia, debe estar sólo con su mascota.
  2. Los propietarios o tenedores de mascotas deben portar el carné de vacunación de su mascota al día. En cualquier momento puede ser solicitado y verificado por el Área de Seguridad del Centro Comercial.
  3. Todas las mascotas deberán portar constantemente la correa o tirilla y el respectivo collar, mientras permanezcan en el Centro Comercial, el cual deberá contener la placa de identificación de la mascota, en ningún momento podrán transitar sueltas. Tampoco se permite que suban o bajen por las escaleras eléctricas o ascensores.
  4. De acuerdo a la ley 746 de 2002 – Artículo 108 F (Ejemplares caninos potencialmente peligrosos) y en caso de que la mascota pertenezca a una de esas razas, deberá portar todo el tiempo bozal y correa.
  5. Está rotundamente prohibida la circulación de las mascotas por las zona de comidas y restaurantes, cinemas, baños, tampoco pueden estar  deambulando por los parqueaderos, teniendo en cuenta que no pueden permanecer dentro de los vehículos estacionados en la zona de parqueo.
  6. Para mantener un espacio limpio y agradable, los dueños de las mascotas deben evitar que hagan sus necesidades fisiológicas dentro del Centro Comercial y en caso de que se presente la eventualidad deben portar todos los implementos de aseo para recoger y limpiar.
  7. En ningún momento se permite el ingreso al Centro Comercial de aquellas personas que lleven más de dos mascotas, o que cumplan la función “de paseadores de perros”.
  8. Las mascotas no podrán estar dentro de aglomeraciones de personas, es decir eventos públicos que se realicen en una zona reducida y sin espacio para las mascotas, únicamente en las actividades programadas especialmente para ellas.
  9. Evite el ingreso de su mascota cuando este en periodo estral (comúnmente conocido como celo) ya que esto puede causar peleas con otras mascotas.
  10. Al ingreso al Centro Comercial con un animal de compañía se hace por cuenta y riesgo autónomo, por tanto, el dueño o tenedor será responsable ante cualquier visitante, animal o propietario de la mascota que resulte afectado en su integridad física y/o su vida por alguna eventualidad y en caso que llegará a suceder este evento, el dueño o tenedor será responsable de los daños que estos causen a cualquier persona, a los bienes muebles e inmuebles de la copropiedad o a un tercero visitante al Centro Comercial.
  11. Al ingresar el propietario de la mascota exonera a la copropiedad de toda responsabilidad civil, extracontractual, administrativa o penal por causa alguna situación de riña, ataque o acto efectuado por la mascota, y por ende, se obliga a indemnizar al Centro Comercial o a terceras personas por todos los perjuicios que le ocasione y por los gastos médicos o de cualquier otra índole, en los que se tenga que incurrir.
  12. Por ninguna situación que se presente durante su visita, el Centro Comercial, ni la Administración de la copropiedad, ni la compañía de vigilancia y seguridad, ni mucho menos sus empleados se hacen responsables de las mascotas que resulten abandonadas o extraviadas por descuido de su amo.
  13. Los propietarios, arrendatarios y/o administradores de los locales comerciales, oficinas, stands y bodegas ubicadas dentro del Centro Comercial se reservan el derecho de determinar si las mascotas pueden ingresar o no a sus establecimientos de comercio.
  14. Es deber de los dueños o tenedores de las mascotas dar cumplimiento a las disposiciones legales sobre la tenencia de mascotas, referente a todas las medidas de seguridad, salubridad e higiene.
  15. En Portoalegre respetamos y velamos por la protección de los seres sintientes que visitan nuestras instalaciones. Por tanto, de conformidad con la Ley 1774 de 2016 cuando se evidencia algún tipo de maltrato, abuso, violencia o trato cruel por parte de los tenedores u otras personas, hacía las mascotas que se encuentren dentro de las instalaciones del Centro Comercial, daremos aviso INMEDIATO a las autoridades competentes, para que tomen las medidas de protección establecidas en esta Ley.
  16. No se permitirá el ingreso de las mascotas que no cumplan con toda la normatividad establecida.
  17. El Centro Comercial se reserva el derecho de admisión y permanencia en que lo considere pertinente, con el fin de garantizar la seguridad de sus clientes y visitantes.